BOLETÍN
Luego de considerar que el denominado “lavado
de dinero” atenta contra el patrimonio, la estabilidad del Estado, la seguridad
pública y la administración de justicia, la LXV Legislatura del Congreso local,
adecuó el tipo penal a la realidad jurídica de Chiapas, mediante reformas y
adiciones a los Códigos Penal y de Procedimientos Penales.
Al
término de la sesión en la que se aprobaron por unanimidad los dictámenes
presentados por la Comisión de Justicia, que preside el diputado Neftalí
Armando del Toro Guzmán, el legislador explicó detalladamente las reformas y
destacó su importancia ante el incremento del fenómeno delictivo de operaciones
con recursos de procedencia ilícita, comúnmente conocido como “lavado de
dinero”.
Neftalí
del Toro precisó que se adicionó al Código Penal el Capítulo V BIS denominado
“Decomiso por el Valor Equivalente”, que se refiere al decomiso de
instrumentos, objetos y productos del delito, o de bienes de la persona
inculpada y establece también las sanciones para este delito.
En
este capítulo, agregó el legislador, se establece, entre otras, una pena de 5 a
15 años de prisión y de mil a 5 mil días de multa al que por sí, o por
interpósita persona, realice conductas como adquirir, enajenar, administrar,
custodiar, poseer, cambiar, convertir, depositar, retirar, dar o recibir por
cualquier motivo, invertir, traspasar, transportar o transferir recursos,
derechos o bienes de cualquier naturaleza, cuando tenga conocimiento de que
proceden o representan el producto de una actividad ilícita.
Respecto
al Código de Procedimientos Penales, el también Coordinador del Grupo
Parlamentario del PRI en la Cámara local, indicó que el objetivo principal es
establecer un procedimiento específico relacionado con las técnicas de
investigación y el aseguramiento de los bienes producto del ilícito, así como
dotar a los órganos encargados de la investigación y persecución de los
delitos, de instrumentos eficaces en la lucha contra la delincuencia
organizada.
En
este sentido, precisó, se adicionaron al Código de Procedimientos Penales, el
Capítulo IV BIS “De las técnicas especiales de investigación” y el Capítulo V
BIS “Reglas del aseguramiento de bienes
en materia de operaciones con recursos de procedencia ilícita”.
Neftalí
del Toro, quien actualmente preside la Junta de Coordinación Política,
consideró que las operaciones con recursos de procedencia ilícita son fenómenos
antisociales de carácter criminal, donde regularmente participa la delincuencia
organizada y cuyo proceso consiste en ocultar, disfrazar o encubrir el origen
ilícito de las ganancias derivadas de la comisión de actividades ilícitas a fin
de darles una apariencia de legitimidad.