Aquellas empresas que no cumplan con el pago de
aguinaldo y/o la parte proporcional que le corresponda al trabajador, pueden
ser sancionadas hasta con 315 salarios mínimos, sostuvo el delegado en Chiapas
de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, César Rodríguez Cal y Mayor.
Dijo
que en 2011 de 100 empresas que se inspeccionaron para ver si ya habían pagado
el aguinaldo, solamente dos no cumplieron a tiempo, aunque finalmente dieron la
parte que les correspondía a sus trabajadores. Por eso tuvieron una sanción
mínima subrayó.
Estos
parámetros, anotó, nos indican que los empresarios chiapanecos sí cumplen con
el mandato de la ley, y no se descarta que vuelvan a cumplir esta vez, sobre
todo que a través de los organismos empresariales se les hace llegar
recomendaciones necesarias.
Aseguró
que se ha exhortado a la parte patronal a que cumplan puntualmente el mandato
de ley, de pagar antes del 20 de diciembre el aguinaldo.
La
Ley Federal del Trabajo mandata que se debe dar de aguinaldo mínimo 15 días de
salarios o la parte proporcional que le corresponda al trabajador, subrayó.
Asimismo, precisó que la ley no contempla otorgar bono
sexenal, por lo cual el reclamo de trabajadores de la burocracia no puede ser
atendido por la STyPS.
La
ley faculta para inspeccionar a empresas no a gobiernos, por lo cual ahí no nos
metemos, en tanto si velamos porque los empresarios cumplan con los
trabajadores en estricto apego a la legalidad.
El
delegado reconoció que en estos momentos es apremiante para la clase
trabajadora el poder contar con su aguinaldo, aunque no hay que pasar por alto
que actualmente ellos son los primeros en exigir el cumplimiento a sus
derechos.
Recomendó
que en caso de que algún patrón no cumpliera, los trabajadores pueden hacer sus
denuncias anónima vía telefónica, internet o en las oficinas de la Delegación,
de donde se enviarían inspectores a verificar si es cierto el incumplimiento.
ASICh