Reformas
al Código Penal, relacionadas exclusivamente con lavado de dinero
Las reformas a los Códigos Penal y de
Procedimientos Penales no abordan en absoluto el tema de la “acechanza
policial”, se centran exclusivamente en el fenómeno delictivo de operaciones
con recursos de procedencia ilícita, comúnmente conocido como lavado de dinero
y bajo ninguna circunstancia pretenden afectar a personas u organizaciones
sociales o políticas que actúen dentro del régimen jurídico, político y
social que rige la vida de los
mexicanos, aclaró el Presidente de la Comisión de Justicia del Congreso del
Estado, Neftalí Armando del Toro Guzmán.
El
legislador y jurista, reiteró que hablar de “acechanza”, remite jurídicamente a
un temor de persecución y se ubica en el rubro de la “amenaza”, lo cual “no
tiene ninguna relación con las reformas aprobadas, mismas que están
relacionadas completamente con el delito de lavado de dinero y no contra la
sociedad en general”, afirmó.
Neftalí
del Toro precisó que de acuerdo a lo previsto en el Código de Procedimientos
Penales, “para la investigación de los delitos de operaciones con recursos de
procedencia ilícita, trata de personas, secuestro, delincuencia organizada y
demás delitos relacionados a ésta, el Fiscal del Ministerio podrá emplear las
técnicas de investigación denominadas ‘Entregas vigiladas’ y ‘Operaciones
encubiertas’, para las cuales se requiere de la autorización previa del
Procurador General de Justicia o del servidor público en quien delegue esta
función y su aplicación se realizará bajo la orden y supervisión del Fiscal del
Ministerio Público responsable, en los términos de la investigación”.
El
legislador del PRI, que preside también la Junta de Coordinación Política,
indicó que derivado de las reformas a los Códigos Penal y de Procedimientos
Penales, se reformó la Ley Orgánica de la Administración Pública para facultar
a la Secretaría de Hacienda para que en coordinación con los Fiscales del
Ministerio Público integren, evalúen y vinculen datos que permitan determinar
la existencia de recursos de procedencia ilícita en Chiapas.
El
diputado Neftalí del Toro Guzmán destacó que “el Estado tiene como obligación
constitucional garantizar la seguridad, protección, cuidado y bienestar de las
personas, por lo que, con estas reformas, Chiapas se suma al llamado del
Gobierno Federal para reforzar los esfuerzos de prevención y combate de delitos
de alto impacto. Observamos la legislación federal, la cual a su vez toma como
instrumento rector la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico
Ilícito de Estupefacientes y Sustancias
Psicotrópicas (Convención de Viena)”.
Cabe
destacar que conforme al Artículo 550 BIS 14 A, las “Entregas vigiladas”,
consisten en la identificación y, en su caso, intercepción, en tránsito de
bienes o recursos que sean objeto, instrumento o producto del delito, a efecto
de retirarlos o sustituirlos total o parcialmente, según sea el caso, para
luego permitir, bajo vigilancia, su envío , distribución o transportación
dentro del territorio del Estado o de éste hacia otro o a la inversa, así como
identificar y, en su caso, detener, a las personas u organizaciones
involucradas en su comisión.
Por
su parte, las “Operaciones encubiertas” residen en la actuación bajo la
conducción y mando del Ministerio Público, de agentes policiales, que ocultando
su verdadera identidad, tengan como fin inflitrarse en el medio criminógeno
para la obtención, análisis y explotación de información y la recopilación de
pruebas que permitan determinar la comisión de un hecho delictivo y la probable
responsabilidad de los indiciados, así como la obtención de información de
estructuras criminales, formas de operar, ámbitos de actuación, descubrir
cualquier actividad vinculada directa o indirectamente con los delitos de
operaciones con recursos de procedencia ilícita, trata, secuestro y
delincuencia organizada .